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El caso Pedro Álvarez: una novela con final feliz

  • Foto del escritor: Elsa Ramos/Escambray
    Elsa Ramos/Escambray
  • 12 nov 2021
  • 6 Min. de lectura

Lo que se convirtió en la novela de la semana en torno al pelotero Pedro Ángel Álvarez Jiménez terminó, al menos para algunos, con final feliz, pero dejó no pocos conflictos para recapitular.


La puesta en pantalla tuvo momentos de drama cuando el lunes último el Inder provincial y la Comisión de Béisbol informaron que “se decidió por unanimidad retener por dos años el propósito del pelotero de jugar con otra provincia”. Entonces explotaron las redes sociales y las peñas presenciales en capítulos con todo tipo de ingredientes y consenso de opiniones en contra de la decisión, incluida la de esta reportera.


Pero la decisión, amparada en el Reglamento Disciplinario para el Sistema Competitivo del Béisbol, duró menos de 72 horas, cuando los propios firmantes de la sanción sacaron a la luz otra nota en la que, tras recalcar los artículos del documento por los cuales adoptaron la disposición anterior, la dejaban sin efecto: “La Dirección Provincial de Deportes y la Comisión Provincial de Béisbol, teniendo en cuenta el carácter humano de la Revolución, donde la juventud es la protagonista del sistema social y deportivo, evalúa que el atleta Pedro Álvarez Jiménez deja de ser interés de Sancti Spíritus y queda libre para que juegue en cualquier equipo del país”.


Para conocer las razones del cambio de decisión, Escambray se acercó a Laidalí Santana, directora provincial del Inder, quien argumentó: “Para reconsiderar esa medida tuvimos en cuenta que debemos salvar la juventud, siempre tenemos que estar guiando a los jóvenes de hoy y salvar siempre el béisbol como patrimonio nacional. Sí aclaramos que la Comisión Provincial de Béisbol y la Dirección Provincial de Deportes, en apego a la ley, decidieron retener al atleta teniendo en cuenta que es interés de la provincia, formado por nuestros entrenadores y lo necesitamos en el equipo de los Gallos, y por eso lo pusimos en la lista de restricciones, pero teniendo en cuenta que el atleta no quiere participar en la Serie Nacional con el equipo de Sancti Spiritus decidimos dejarlo libre para que él jugara con el equipo que él decidiera y pudiera seguir su carrera deportiva”.



¿Y no eran esas las mismas condiciones el lunes cuando se adoptó la otra medida?, pregunta Escambray.


“Eran las mismas condiciones, los mismos pensamientos, fue la misma Comisión, pero como ya le dije: primero queríamos mantener los principios del béisbol y regirnos por lo que dice el reglamento, pero decidimos valorar lo que anteriormente explicamos”.


Tras el capítulo final, quedan interrogantes. Y como hoy fue Pedro y mañana puede ser Juan, la clave sigue siendo el reglamento y algunas dicotomías que “juegan” en una misma base. Quien lea el cuerpo legal, aprobado en el 2020, advertirá una de ellas. Pareciera que es mejor irse del país para jugar con Cuba que querer hacerlo desde dentro. Pongo la teja antes que la gotera: no estoy tampoco a favor del éxodo de peloteros, porque corroe al béisbol casi tanto como las decisiones de buró.


El citado reglamento en su Capítulo XIV: De la solicitud de traslados de jugadores entre provincias, Artículo 62, dispone: “El atleta cubano que haya salido al exterior sin la autorización de la FCB y que esté interesado en reinsertarse en el Sistema Competitivo del Béisbol, presenta su solicitud al Comisionado Provincial de Béisbol de la provincia de origen o en la última en la que jugó en Cuba. El Director Provincial de Deportes, una vez conocido el caso, comienza la elaboración de un expediente que contenga los elementos siguientes: escrito de solicitud del jugador, copia del carné de identidad y demás documentos acreditativos del jugador, aval de aceptación del director provincial de Deportes y del equipo de recepción del jugador, criterios por escrito de las autoridades del territorio”. Pero antes, el Artículo 61 establece: “Las comisiones provinciales de Béisbol tendrán la autoridad para retener por un período de dos años, entiéndase dos Series Nacionales, el traslado del jugador solicitante, siempre que no exista un sustituto”.


Estoy de acuerdo con la flexibilidad que se aplica para los primeros casos: los que quieran regresar después de irse de la pelota, incluso con los que les perdonamos sus intentos de salidas ilegales y los llevamos, después, hasta a eventos internacionales; pero no puedo estar de acuerdo con el extremismo en la aplicación del mismo reglamento para quienes juegan en Cuba, a pesar de los pesares.


En virtud del Artículo 62, un pelotero abandona su deporte y se va a probar suerte a otro país, por decisión personal, pero si mañana quiere regresar porque no cuajaron sus intenciones o por las razones que sean, Cuba le abre las puertas, para bien. Ejemplos sobran en todos los equipos, pero con los espirituanos me basta. Con solo cumplir los requerimientos de la repatriación, atletas como Alberto Rodríguez y Yankiel Mauris llegaron hoy y jugaron mañana, sobre todo el primero que, sin quitarse el polvo de República Dominicana, se incorporó a los Gallos, para no hablar de otros que también abandonaron la pelota, sin tener en cuenta el contrato, y los llevamos luego hasta el equipo Cuba.

Pero en virtud del Artículo 61, un atleta, como le hubiese sucedido a Pedro, puede dejar de jugar, nada más y nada menos que por dos años, a pesar de que no pidió irse para otro país, sino quedarse en el suyo, aunque sea en otra provincia. Y esa parte el reglamento es extremista, aunque sea legal.


Para ser justos, también existen resquicios, como el Artículo 54, referido a los llamados jugadores en préstamo, retirados, listas de restringidos, descalificados, inelegibles… y mediante el cual “el Director Provincial de Deportes puede autorizar el traslado de un jugador hacia otra provincia, por razones personales de fuerza mayor, lo que será informado al Comisionado Nacional de Béisbol. El jugador que se encuentre en cualquiera de las listas no puede ser contratado por ningún otro equipo antes de que el jugador sea liberado o cambiado de condición por la autoridad competente por escrito”.


Sin embargo, el documento también es rígido cuando un atleta pide la baja. Al referir una lista de restringidos, a la que entró Pedro por unas horas, el reglamento pone una camisa de fuerza: “Una vez finalizado el término del contrato del jugador, la Dirección Provincial de Deportes o la FCB se reserva el derecho de retención del jugador por dos años”. Algo parecido es aplicable desde el reglamento para los atletas del alto rendimiento. O sea, aunque rompa el contrato, el deportista sigue a expensas de la entidad contratadora. Es como si en lugar de personas estuviéramos tratando con medios básicos. Alguien me comentó que así ha sucedido con otros deportistas, como Lionel Messi, a quien El Barça retuvo más allá de sus deseos por cláusulas contractuales, y hasta puede que tenga razón. Lo que pasa es que aquí no se mueven los millones que allá están en juego.


Habría que revisar, desde la dialéctica, los contenidos de los reglamentos y atemperarlos más a una realidad que ha visto cómo se han marchado en estampida decenas de peloteros cubanos, de espaldas a los contratos y a los reglamentos. El de Pedro no es el único caso, ni el primer revuelo que se arma en Cuba por el traslado de una provincia a otra. Aunque Sancti Spíritus no es Matanzas, que llenó su elenco de “importados” sin que nadie se molestase demasiado. Una de las “mudanzas” más sonadas fue la de los Gurriel, coincidentemente también hacia Industriales. Más recientemente está la de Yamichel Pérez, y mucho antes la de Yasiel Santoya para el mismo elenco yumurino.


Es verdad que el béisbol ha debido llamarse a capítulo y apretar las clavijas de su disciplina y para ello reordenó su reglamento. Pero, aun así, dejó dicotomías como las descritas o, al menos, creó un margen para la interpretación, de la cual son hijas, también, parte de estas líneas.


Para bien este caso se resolvió desde la flexibilidad y el reanálisis. Ello indica que, a la hora de cualquier valoración, junto con los documentos y primero que estos, deben sentarse a la mesa otras cuestiones. Aunque a muchos les cueste advertirlo, el país vive tiempos de cambio y ha dado muestras de que esa es una opción, mucho más si, como refiere la Directora del Inder, se encuentra de por medio un joven cubano, con sus sueños, sus decisiones. Más allá de Pedro, de los derechos y disposiciones, están Cuba y el béisbol. Y estas dos banderas llevan reglamentos especiales.


(Foto de portada: Pedro Álvarez/Carolina Vilches Monzón)



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